Por ser una disposición de la Ley del Transporte y la Seguridad Vial del Estado de Colima, la Secretaría de Movilidad continúa expidiendo las placas de circulación provisionales, sin embargo ahora su entrega se hace sujetándose estrictamente a los supuestos y al procedimiento señalado por el Reglamento de la Ley.
Gisela Méndez, titular de la Secretaría de Movilidad, indicó que a su llegada a la dependencia detectó que desde octubre de 2014 a la fecha se han expedido 19 mil 378 placas de circulación provisionales a 17 mil 062 vehículos diferentes, muchas de ellas entregadas incumpliendo los dos supuestos permitidos por el artículo 19 del Reglamento de la Ley del Transporte.
En ese sentido, la funcionaria estatal explicó que el numeral 19 del Reglamento establece que los permisos o placas provisionales se expedirán únicamente a vehículos a los que se les esté tramitando su alta o a los que hayan perdido sus placas de circulación.
“Hoy día, el trámite de alta ya no dura días sino horas, por lo que el primer supuesto se aplica exclusivamente a personas que tengan juicio de información testimonial en vía de jurisdicción voluntaria, que no les permita presentar justificadamente el vehículo o alguno de los documentos. Para el supuesto dos, se aplicará cuando la Secretaría no cuente con placas metálicas en existencia, ya que actualmente el trámite de reposición de placas dura el mismo tiempo que un alta”, puntualizó la secretaria Gisela Méndez.
Agregó: “Aunque sólo a los vehículos que se encuentren en esas dos circunstancias se les pueden entregar placas provisionales, hemos detectado que son muchos los automóviles con placas de ese tipo que están circulando por todo el estado, debido a que una gran cantidad de ellas se expidieron incumpliendo lo señalado por los supuestos del Reglamento y el procedimiento establecido en la Ley”.
Explicó que actualmente la Secretaría reconoce a 2 mil 488 vehículos que circulan con placas provisionales vigentes, teniendo un promedio de 800 permisos que se vencen cada mes, motivo por el por el que la Secretaría de Movilidad está diseñando un operativo de control para regularizar la situación de esos automóviles, el cual arrancará a partir del 10 de abril.
Recordó que en julio de 2014 el Congreso del Estado reformó la Ley del Transporte y la Seguridad Vial para establecer como atribución de la entonces Dirección del Transporte, autorizar y expedir, previo pago de derechos, las placas y tarjetas de circulación provisionales por 30 días, de acuerdo a lo que señale la Ley y su Reglamento.
La secretaria de Movilidad mencionó que cuatro meses después se volvió a reformar la Ley, para ampliar a 90 días la vigencia de las placas y tarjetas de circulación provisionales.
Gisela Méndez aclaró que en tanto la Ley del Transporte y la Seguridad Vial del Estado de Colima establezca como atribución de la Secretaría de Movilidad autorizar y expedir las placas y tarjetas de circulación provisionales por 90 días, esa disposición se seguirá cumpliendo, pero bajo los estrictos lineamientos que indica el Reglamento, como lo ordena la misma Ley
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