sábado, 25 de febrero de 2017

Nos vamos a defender, dice el alcalde destituído Rafael Mendoza

Con el Congreso del Estado blindado, los diputados locales aprobaron en acatamiento a la orden girada por la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, procedió a la destitución e inhabilitación del alcalde de Cuauhtémoc, Rafael Mendoza Godinez, en el Juicio Político que se le instauró por delitos electorales, dando vista y turnando el expediente y resolución al Supremo Tribunal de Justicia del Estado para que aplique la sanción.
Con la presencia de 18 de los 25 diputados locales y en ausencia de una parte de los diputados del Grupo Parlamentario del PAN, del alcalde Mendoza Godínez o de sus defensores, se realizó la Sesión Ordinaria del Jurado de Acusación Número 1 del Congreso del Estado en la que se resolvió en definitiva el expediente 14/2016 levantado en contra del edil acusado de delitos electorales, acordándose su destitución e inhabilitación por 7 años para ocupar cargos públicos.
Los diputados panistas Riult Rivera José Santos Dolores (integrantes de la Comisión de Responsabilidades) y Crispín Guerra, y la diputada Única de Movimiento Ciudadano, Leticia Zepeda, asistieron a ésta sesión.
El presidente de la Mesa Directiva del Congreso, Nicolás Contreras Cortés, ordenó al secretario Guadalupe Benavides dar lectura al documento elaborado por la Comisión de Responsabilidades que preside el panista, Riult Rivera Gutiérrez.
Se mencionó que una vez que se agotaron todas las etapas para el desahogo de pruebas y se dio el derecho de defensa al alcalde indiciado Rafael Mendoza Godínez se dio por concluido el expediente y por ende se había turnado a la Mesa Directiva del Congreso para que se erigiera en Jurado de Acusación.
Cabe mencionar que la Comisión de Responsabilidades del Congreso recibió los medios de prueba presentados por Mendoza Godínez, quien durante sus comparecencias en su defensa reconoció haber participado en actos proselitistas de campaña del entonces candidato del PAN a Gobernador del Estado Jorge Luis Preciado Rodríguez, pero aclarando que lo hizo en calidad de ciudadano y no de servidor público ni como presidente municipal de Cuauhtémoc.
Sin embargo, la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación consideró que cometió un delito electoral con su participación en actos proselitistas del tipo político electoral.
Cabe mencionar que precisamente su participación y presencia en actos proselitistas electorales fue lo que lo que motivo que la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dictaminará sancionarlo y darle parte al Congreso del Estado para que aplique la sanción que corresponda por “delitos electorales”.
La Sala Especializada del TEPJF dictaminó que Rafael Mendoza Godínez, en sentencia aprobada por unanimidad, declaró la existencia de la infracción a la normativa electoral por parte del presidente municipal en relación a su asistencia y participación en actos proselitistas los días 9 y 11 de enero del año 2016.
El TEPJF declaró “la existencia de la violación al principio de imparcialidad establecido en el artículo 134 de la Constitución Federal, por dos razones: la primera, la asistencia del servidor público municipal al evento el sábado 9 de enero de 2016, por utilizar su cargo e investidura pública para favorecer la candidatura de Preciado Rodríguez.
“Y la segunda, la asistencia al evento del lunes 11 de enero del 2016, que conllevó que el denunciado se distrajera de sus actividades laborales para acudir a un acto proselitista”.
Al someterse a votación el dictamen de la Comisión de Responsabilidades, el Congreso del Estado erigido en Jurado de Acusación aprobó por 17 votos a favor y una abstención “destituir e inhabilitar por 7 años al alcalde de Cuauhtémoc, Rafael Mendoza Godínez”, girándose el expediente y la resolución al Supremo Tribunal de Justicia del Estado para “efecto de ejecución de sentencia”.
La votación a favor fue de los 8 diputados del Grupo Parlamentario del PRI, 3 del Grupo Parlamentario Independiente, y los votos de los diputados únicos del PT, PVEM y Panal, así como 3 de diputados del PAN (Riult Rivera, José Santos Dolores y Crispín Guerra); en tanto que la diputada única del Movimiento Ciudadano, Leticia Zepeda, pese a votar a favor en general del documento se abstuvo de votar.
Los diputados Federico Rangel Lozano (PRI), Leticia Zepeda Mesina (MC), Riult Rivera (PAN) y Nicolás Contreras (Independientes) al dar su posicionamiento en torno a este Juicio de Acusación para destituir e inhabilitar a Rafael Mendoza Godínez, rechazaron que esta sanción tenga tintes políticos, pues refirieron que desde hace un año la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó instaurar un procedimiento sancionador en contra del edil.
“El tema no es político, es jurídico y de legalidad”, enfatizaron Rangel Lozano y Riult Rivera; en tanto la diputada Leticia Mesina exigió la misma “celeridad” en otros asuntos que tiene pendientes la Comisión de Responsabilidades del Congreso del Estado, principalmente el tema del ex gobernador Mario Anguiano Moreno.
NOS VAMOS A DEFENDER
Esta noche el alcalde destituído Rafael Mendoza Godinez, dirigió un mensaje afuera del Congreso del estado en presencia de los medios de comunicación y cientos de simpatizantes dejo claro que se van a defender y promoverán juicio de amparo, aseguró que él sigue siendo presidente municipal de Cuauhtémoc.
TEPJF, quien ordenó anular la elección para Gobernador, también ordenó al Congreso sancionar a Rafael Mendoza
Por unanimidad, el pleno de la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió dar vista al Congreso del Estado de Colima para que aplique la sanción correspondiente al alcalde de Cuauhtémoc, Rafael Mendoza Godínez, por vulnerar el principio de imparcialidad en un proceso electoral, al asistir los días 9 y 11 de enero a eventos en favor del candidato del Partido Acción Nacional (PAN) Jorge Luis Preciado.
La resolución elaborada por el magistrado presidente Clicerio Coello Garcés, da cuenta del procedimiento especial sancionador, iniciado en contra del alcalde y del PAN por parte del Partido Revolucionario Institucional (PRI) bajo el expediente SRE-PSD-6/2016.
Rafael Mendoza presentó una solicitud de licencia para separarse del cargo por 15 días, misma que le fue aprobada en sesión de Cabildo el jueves 31 de diciembre.
En el proyecto se propuso declarar la existencia de la violación al principio de imparcialidad establecido en el artículo 134 de la Constitución Federal, por considerar que la asistencia del servidor público al evento el sábado 9 de enero, aunque fue en día inhábil, utilizó su cargo e investidura pública para favorecer la candidatura de Jorge Luis Preciado.
Y en segundo término, la asistencia al evento del lunes 11 de enero, día hábil, llevó a que el denunciado se distrajera de sus actividades laborales para acudir a un acto proselitista.
“Así que con independencia de que haya solicitado licencia para ausentarse de sus funciones, la determinación de cuáles días son hábiles e inhábiles depende de la legislación y la reglamentación correspondiente y no de la voluntad de los propios funcionarios, pues ello sería contrario al principio de certeza y seguridad jurídica, así como a la expectativa pública de imparcialidad de tales servidores públicos durante el ejercicio de sus funciones, sin que ello se traduzca en una restricción indebida a los derechos, a las libertades de expresión y asociación u otro derecho fundamental de los funcionarios públicos”.
A pesar de declarar la inexistencia de la infracción a la normativa electoral por la presunta utilización de programas sociales o de sus recursos para condicionar el voto de los ciudadanos, se declara la existencia de una infracción a la normativa electoral al asistir y participación en actos proselitistas los días 9 y 11 de enero y por tanto, la Sala Especializada ordenó dar vista al Congreso del Estado de Colima con motivo de la responsabilidad del presidente municipal referido, para que en el ámbito de sus atribuciones proceda conforme a derecho.

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